CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO I. CAPITULO SEGUNDO. SECCIÓN 1ª. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo 19
Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
TEMA: Promulgación/Exposición* de algunos derechos y libertades de la Constitución Española de 1978.
RESUMEN: En el texto anterior encontramos la exposición de algunos de los derechos que deben regir la vida de los españoles, en concreto, el que garantiza —artículo 18— el derecho al honor y a la intimidad, y el que aborda —artículo 19— la libertad de residencia y de circulación por el territorio nacional.
* Quizá una de las cosas más interesantes de los textos constitucionales es que al mismo tiempo que promulgan algo (ver corchete abajo), lo exponen y publican para que lo sepa todo el mundo. Si a esto sumamos que la "autoridad" de la que se habla en la acepción de abajo somos todos, o es el pueblo (o lo que esto sea), pues hace de los textos constitucionales, al menos en potencia, unos escritos perlocutivos maravillosos y horizontales. Esta es la teoría; luego está que las constituciones se afianzan en el poder por tiempo indeterminado...
[Tercera acepción de PROMULGAR, Diccionario de la Real Academia: 3. tr. Derecho Publicar formalmente una ley u otra disposición de la autoridad, a fin de que sea cumplida y hecha cumplir como obligatoria.]
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